En el ámbito laboral, pueden existir diferentes tipos de conflictos: de intereses, de relaciones de poder o con un determinado colectivo. La solución se puede hallar en la institucionalización de dicho conflicto.
El conflicto más estudiado es la Huelga. Para entender el porqué de las huelgas, se han de diferenciar tres dimensiones. Por un lado la ideología, y en cierta manera, el poder de persuasión de los líderes. Por otro el sistema político, no es lo mismo una huelga en Europa que en Japón, (ellos para hacer huelga, y protestar trabajan más); y por el último, la dimensión que más importancia cobra habitualmente, las razones económicas y de poder.
La otra cara del conflicto es la negociación. La negociación colectiva es el proceso de toma de decisiones entre partes que representan los intereses de empleadores y empleados. Viene a ser como “obligar” a dos niños pequeños, que se han peleado en el patio a “hacer las paces”, pero con una gran diferencia…las repercusiones de una negociación colectiva siempre son de adultos, e involucran a muchas personas de por medio…
Mucho se ha hablado de los convenios colectivos, pero la verdad es que poca gente tiene claro en qué consisten. Un convenio colectivo es el resultado de la negociación, concretamente la expresión del acuerdo firmado por las partes implicadas. Mediante el convenio los trabajadores y empresarios regulan las condiciones de trabajo y productividad, y establecen derechos y obligaciones.
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En España, se distinguen dos tipos de convenios: los estatutarios, (la mayoría) los que se acuerdan bajo los procedimientos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores; y los extraestatutarios o de eficacia limitada, que sólo afectan los firmantes o los que así lo deseen.